Cónsul dominicano en PR acompaña gobernador convirtió en ley enmienda Carta de Derechos a Víctimas y Testigos de Delito

Por Dominga Valdez

San Juan, Puerto Rico.- En su compromiso en favor de las Leyes que salvaguarden los derechos de todos los dominicanos, el cónsul dominicano en San Juan Puerto  Rico, honorable  Opinio Díaz, acompañó al gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi Pierluisi, en la firma donde convirtió en ley la enmienda a la Carta de Derechos a  Víctimas y Testigos de  Delitos.


La firma fue realizada con el fin de que los funcionarios de orden público, no puedan indagar sobre la nacionalidad o el estatus migratorio de una persona que ha sido víctima de algún delito, o que acuda como testigo a realizar una denuncia a las autoridades.
El gobernador Pedro  Pierluisi manifestó lo siguientes. «Son incuestionables las aportaciones de los miembros de comunidades sin estatus migratorio definido, que viven en nuestra Isla, es  responsabilidad de este gobierno, proteger sus derechos y procurar que no se sientan intimidados o cohibidos a la hora denunciar que han sido víctimas de algún delito o que puedan ser testigos de una violación a la ley, ayudando así a las autoridades a esclarecer un acto delictivo», expresó.

Por su parte el representante del  gobierno  dominicano en la  isla, valoró la firma  como un gran paso para la diáspora dominicana y para todos los inmigrantes que hacen vida en borinquen.

 «Hoy tuvimos la oportunidad junto al Presidente del Senado Honorable José Luis Dalmau, el Secretario de Estado Señor Omar Marerro, el Secretario de Justicia Doctor Domingo Emanuelli, y los senadores Ramón Ruíz y Rubén Soto, de acompañar al gobernador de Puerto Rico en esta importante firma», expresó Díaz.

El Proyecto del Senado 11, establece que toda persona que sea víctima o testigo de delito tendrá derecho a no ser cuestionado sobre su nacionalidad o estatus migratorio al momento de informar la comisión de un delito, así como durante o posterior a cualquier etapa del proceso criminal.

La medida establece que todo funcionario de orden público tiene que garantizar que se provea el servicio o derecho que le corresponda a la víctima o testigo.

 Cada una de las agencias sujetas al cumplimiento de esta ley deberá realizar talleres de capacitación a todo su personal y tener material educativo en medios electrónicos y en las instalaciones físicas de cada agencia.